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¿Qué precauciones debemos tomar a la hora de arrendar nuestra propiedad?

Esta pregunta es recurrente entre nuestros clientes. Acá te dejamos algunas recomendaciones que te pudieran ser útiles:



Lamentablemente en la legislación actual, cuando un propietario se ve envuelto en un conflicto con su arrendatario, ya sea porque no paga las rentas, por algún incumplimiento contractual o porque derechamente no desea restituir la propiedad una vez compelido a hacerlo, la única forma posible para lograr la restitución del inmueble es mediante la vía judicial, aunque en el contrato se haya señalado que "terminará de inmediato" o "ipso facto".


Este proceso tiene sus costos y toma su tiempo también, de ahí que recomendamos siempre a los propietarios a tomar ciertas precauciones a la hora de arrendar su propiedad:


1) Debe estudiar detenidamente a su futuro arrendatario. Para lo cual, deberá exigir que se le exhiba documentación que acredite su solvencia económica. Asimismo, entrevístese con él y conozca que persona es, esa impresión que usted tenga será clave para tener una idea respecto de la confiabilidad de dicha persona. Revise en la página del poder judicial si tiene causas pendientes relativas a juicios de arrendamiento. En caso de que se trate de una Sociedad, solicite toda la documentación relativa a dicha sociedad así como respecto de las personas que la representan.


2) Confeccione un buen contrato de arrendamiento. Hemos tenido muchos casos de arrendadores que se han confiado en eso y tienen contratos simples, formatos o mal redactados. El contrato debe ser elaborado por un abogado, que ojalá tenga experiencia en el área inmobiliaria, para que así analice y establezca todos los casos puntuales en relación con su propiedad y los intervinientes. Debe dejar en claro cuáles son las obligaciones del arrendatario, cuál será el uso que se le dará al inmueble, en qué casos se entenderá que hay incumplimiento, cuáles serán las multas por atrasos, etc.


3) Establezca garantías en caso de incumplimiento. Es recurrente en este tipo de casos, que una vez obtenida una sentencia favorable por parte del juez, que ordena la restitución de la propiedad y el respectivo pago de las rentas más las indemnizaciones correspondientes, que sea difícil lograr el pago de dichas indemnizaciones por parte del arrendatario, dado a que no cuenta con domicilio conocido o que no tiene bienes con los cuales pagar lo ordenado por el tribunal. Para prevenir eso, puede recurrirse a diversas herramientas, la más común y que puede dar mejor resultado, es establecer en el contrato un codeudor solidario, que se haga responsable ante un eventual incumplimiento por parte del arrendatario, quien deberá firmar también el respectivo contrato de arrendamiento.





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